Ley 20.584

Requisitos obligatorios:

1. Fecha del reclamo.

2. Unidad o dependencia respecto de la cual efectúa el reclamo y personal involucrado.

3. Nombre y cédula de identidad del reclamante digitalizada, representante legal o persona que se encuentre legalmente a cargo del cuidado del paciente.

4. Cédula de identidad digitalizada del paciente.

5. Domicilio del reclamante o correo electrónico.

6. Autorización para enviar respuesta al correo electrónico indicado.

7. Indicación de los hechos que fundamentan su reclamo y de la infracción a los derechos que contempla la Ley.

8. Petición concreta.

9. Firma manuscrita o digitalizada del paciente o reclamante.

En caso de que el reclamante no sea el paciente, se deberá adjuntar o enviar un poder simple firmado por éste último, autorizando al apoderado a gestionar reclamo frente a Clínica Santa María.

El plazo máximo de respuesta es de 15 días hábiles, a contar del día hábil siguiente de haber recibido su documentación.