Ley 20.584
Requisitos obligatorios:
1. Fecha del reclamo.
2. Unidad o dependencia respecto de la cual efectúa el reclamo y personal involucrado.
3. Nombre y cédula de identidad del reclamante digitalizada, representante legal o persona que se encuentre legalmente a cargo del cuidado del paciente.
4. Cédula de identidad digitalizada del paciente.
5. Domicilio del reclamante o correo electrónico.
6. Autorización para enviar respuesta al correo electrónico indicado.
7. Indicación de los hechos que fundamentan su reclamo y de la infracción a los derechos que contempla la Ley.
8. Petición concreta.
9. Firma manuscrita o digitalizada del paciente o reclamante.
En caso de que el reclamante no sea el paciente, se deberá adjuntar o enviar un poder simple firmado por éste último, autorizando al apoderado a gestionar reclamo frente a Clínica Santa María.
El plazo máximo de respuesta es de 15 días hábiles, a contar del día hábil siguiente de haber recibido su documentación.